La Operación psicosocial es un tipo particular de intervención que opera en las tramas vinculares humanas, dando cuenta de aquello que acontece cuando los sujetos interactúan o tienen prácticas cotidianas conjuntas, ya sea en grupos, organizaciones y comunidades.
La Psicología Social concibe al hombre como sujeto social, condicionado por el contexto de relaciones sociales y trama vincular en las que se desenvuelve (sujeto productor y producido).
En ese entramado de múltiples relaciones y formas organizativas se desarrolla la vida de los sujetos. Su capacidad de aprendizaje y desarrollo dependerá de la posibilidad de mantener una relación armónica, fluida y dinámica en su realidad cotidiana.
Esta propia diversidad de formas organizativas y de procesos de comunicación que se dan en las sociedades, plantean el surgimiento de múltiples conflictos y la necesidad de respuesta a las situaciones de cambio que conlleven a los sujetos a una adaptación activa a la realidad, ésta como sinónimo de salud.
Los sujetos sociales en crisis precisan reconstruir su esquema referencial (sus modelos de pensar, sentir y hacer en el mundo) y encontrar-producir nuevos tejidos sociales que lo alberguen, sostengan y posibiliten reencontrar un proyecto de vida.
Estas problemáticas pueden presentarse en los diversos ámbitos de inserción del sujeto social y pueden resultar de difícil resolución individual.
Todas ellas, producto de la complejidad del entramado social, conforman una realidad que plantea conflictos de relacion, que no pueden ser catalogadas como “patológicas”, pero que necesitan atención especializada.
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Es preciso atender estos conflictos, muchos de los cuales están latentes, pero que se revelan con fuerza en situaciones de catástrofes, ya sean naturales o generadas por el hombre.
El Operador en Psicología Social es el profesional capacitado para comprender, intervenir y abordar los conflictos que se dan entre el sujeto y su contexto vincular (grupal, institucional y comunitario), estimulando su protagonismo transformador. Son especialistas en relaciones humanas que trabajan en el marco de las acciones propias de la vida cotidiana.
Es así que se hace necesaria una intervención operativa en el campo de los anudamientos psicosociales. Existe la necesidad social de un rol profesional que esté suficientemente capacitado para colaborar en la articulación productiva de la heterogeneidad vigentes en los agrupamientos, facilitar el análisis y abordaje transformador de las tareas de grupos e instituciones y habilitar vías de procesamiento y resolución a las crisis y conflictos que son inherentes a la vida grupal e institucional.
Allí donde hay un agrupamiento, un equipo o una institución, suelen surgir los problemas comunicacionales, subjetivos e intersubjetivos, en los vínculos y las tareas para los cuales debiera ser pertinente el asesoramiento y/o intervención especializada del "Operador en Psicología Social" en tanto están especialmente capacitados para potenciar la acción y la producción creativa de los grupos y los equipos humanos, acompañando y sosteniendo los procesos de cambio.
Lo que identifica a la psicología social como disciplina autónoma no es el campo de acción sino la manera de acercarse al mismo, es decir el método de aproximación.
En definitiva, el Operador en Psicología Social, formado en distintas Instituciones de Enseñanza Superior y con la filosofía de su Fundador Doctor Enrique Pichón Riviere, se ha instrumentado para la intervención en las problemáticas vinculares y comunicacionales en el campo de la interacción humana y la promoción de salud, potenciando la acción y la producción creativa de las personas, reunidas en diferentes grupos sociales, equipos e instituciones.
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Resulta por ello necesario regular las incumbencias de los Operadores en Psicología Social a los fines de atender a todas estas problemáticas con recursos humanos adecuadamente formados y capacitados así como para jerarquizar una carrera que cuenta con varios años de experiencia.
Los Operadores en psicología social actúan como facilitadotes, implementando dispositivos de trabajo grupales y promoviendo el protagonismo de los sujetos en la detección y resolución de los obstáculos que naturalmente se presentan en toda tarea.
Actualmente existen operadores en psicología social trabajando en muchas instituciones de carácter privado, gubernamental y no gubernamental: consultoras, empresas, municipalidades y ministerios provinciales, Defensa Civil, hospitales, universidades, bomberos, clubes de fútbol, etc.
Las áreas de inserción de los operadores en psicología social son muy diversas, como por ejemplo, en Desarrollo Social en el trabajo con jóvenes, coordinación de talleres víctimas de violencia, programas de educación popular, prevención y fortalecimiento de grupos vulnerables, etc. En el área de Salud, en la coordinación de grupos de reflexión para mayores, rehabilitación, prevención y contención para población con problemáticas en adicciones, SIDA, nutricionales, etc. En cuanto a la seguridad en lo referido a la promoción y capacitación comunitaria y la coordinación de los foros de seguridad. En Deportes en actividades dirigidas al fortalecimiento de equipos. En Justicia, acompañantes del sistema sostén de la Procuración, centros de mediación, como también en organizaciones civiles, en el ámbito empresario, redes barriales, entre muchas otras.
Cabe tomar como antecedente y referencia cierta el trabajo efectuado por otras Provincias en este sentido, como también el realizado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
También resulta oportuno recordar que el titulo de Operador en Psicología Social correspondiente a la carrera de psicología social fue reconocido oficialmente por Disposición nº 1698/93 y la carrera de operador fue aprobada por Resoluciones 679/94 y 524/95, dictadas por la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia. Existen en el ámbito de nuestra Provincia.
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Varios institutos que dictan esta carrera de nivel terciario en un todo de acuerdo con las normas señaladas.
Lo mismo podemos manifestar con relación a lo que ocurre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la cual se ha incorporado al nomenclador de especialidades a la función de operador de psicología social, o bien, la experiencia de la Provincia de San Luis, que ha receptado esta actividad dándole sustento legal. Dichas normas han servido de inspiración a
Este proyecto, debidamente adaptado a las realidades de nuestro Estado provincial.
Por lo brevemente expuesto, vengo a solicitar a los señores Legisladores se sirvan acompañar con su voto el presente Proyecto de Ley.
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El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia
de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY
EL EJERCICIO PROFESIONAL DEL
"OPERADOR EN PSICOLOGIA SOCIAL"
TITULO I
ARTÍCULO 1º- El ejercicio de la profesión del Operador en Psicología Social como actividad profesional independiente, en la Provincia Buenos Aires, quedará sujeto a las disposiciones de la presente Ley y de su respectiva reglamentación.
ARTÍCULO 2º- Se considera ejercicio profesional del Operador en Psicología Social, a efectos de Ia presente Ley, la aplicación y/o indicación de teorías, métodos, recursos, procedimientos y/o técnicas específicas para:
a)Intervenir en grupos, organizaciones y ámbitos comunitarios – de carácter público o privado - con el objeto de preservar y promover Ia salud y el bienestar de las personas. Operando sobre las tramas y redes vinculares para fortalecer las posibilidades de acción conjunta; acompañando, facilitando y sosteniendo los procesos de cambio y sus efectos en la vida cotidiana de los sujetos.
Este tipo de intervención denominada operación psicosocial se definira como aquella que se realiza desde una concepción social del sujeto, está centrada en los procesos de interacción y se desarrolla en dispositivos de trabajo grupales.
ARTÍCULO 3º- El Operador en Psicología Social tendrá competencias para:
a)relevar información mediante técnicas específicas en lo referido a necesidades, demandas, opiniones, motivaciones y expectativas de grupos.
b)analizar y determinar el estado en que se encuentran grupos sociales y grupos reducidos, en ámbitos comunitarios e institucionales con relación a necesidades, recursos y estrategias de acción y de relación, desplegadas para el logro de los objetivos propuestos.
c) elaborar proyectos y, estrategias con técnicas de intervención grupal, que tomen en cuenta los procesos de cambio social, sobre la base de encargos específicos.
d) coordinar grupos en temas de prevención y promoción de salud, como así también a grupos convocados para la reflexión, el aprendizaje y Ia autogestión.
e)intervenir sobre la base de requerimientos establecidos por grupos y organizaciones, en las interacciones entre sujetos y grupos a efectos de Ia mediación en conflictos.
f)diagnosticar, analizar e intervenir en las relaciones institucionales tendiendo a la transformación de situaciones de crisis, en situaciones de aprendizaje, facilitar los acuerdos comunes, propiciar Ia participación interna y propender al mejor logro de sus objetivos.
g)capacitar a grupos y equipos intervinientes en organizaciones de distinto tipo, en aspectos vinculados a su accionar, relacionando sus objetivos con el contexto social, visualizando como desempeñan la tarea dentro de los objetivos planteados, brindando herramientas conceptuales y técnicas que faciliten el desarrollo y/o modificación de las mismas.
h) asesorar a equipos de trabajo y organizaciones respecto de problemáticas vinculares, comunicacionales y de tarea.
i) coordinar o participar en planificación de proyectos sociales o institu-
cionales, realizar su seguimiento y evaluación de manera de registrar el proceso, facilitar Ia visualización de obstáculos y evaluar sus efectos y resultados;
j) investigar y formar en los aspectos inherentes a Ia especialidad.
ARTÍCULO 4º - El Operador en Psicología Social podrá ejercer su actividad en forma individual y/o integrando equipos interdisciplinarios, en forma privada o en instituciones gubernamentales o no gubernamentales que requieran sus servicios. En todos los casos podrá hacerlo a requerimiento de especialistas en otras disciplinas o de personas que voluntariamente soliciten o acepten su asistencia profesional.
ARTÍCULO 5º- Los graduados con título habilitante según las normas de la presente Ley, solo podrán hacer ejercicio del rol profesional dentro de las competencias fijadas en los artículos anteriores.
De las condiciones para el ejercicio de Ia profesión.
ARTÍCULO 6º- El ejercicio de la profesión de Operador en Psicología Social solo se autorizará a aquellas personas que:
a). Posean título de Nivel Superior otorgado por Institutos Superiores, cuyos planes de estudio sean reconocidos por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación Argentina Res. 992/93 y sus modificatorias y por la Dirección General de Cultura y Educación de La Provincia de Buenos Aires Res. 679/94
TITULO III
De los derechos, obligaciones y prohibiciones.
ARTÍCULO 7º- Los profesionales que ejerzan el Rol de Operadores en Psicología Social y que cumplan los recaudos exigidos por la presente ley, podrán:
a) Certificar las prestaciones de servicios que se efectúen.
b) Solicitar la intervención o asesoramiento de otros profesionales cuando la naturaleza del problema así lo requiera.
c) El control del Ejercicio de la profesión y el gobierno de la matricula respectiva, se realizara, por el Ministerio de Salud de la Pcia. De Buenos Aires, hasta la creación del Colegio de Operadores en Psicología Social.
ARTÍCULO 8°- Los profesionales que ejerzan El rol de Operadores en Psicología Social están obligados a:
a) Proteger a los grupos en los que realicen intervenciones, bajo normas éticas y profesionales.
b) Prestar la colaboración que les sea requerida por las autoridades sanitarias en caso de emergencias.
c) Guardar el más riguroso secreto profesional sobre cualquier intervención que realice en cumplimiento de sus tareas específicas.
d) Fijar domicilio profesional dentro del territorio de la Provincia.
ARTÍCULO 9°. - Queda prohibido a los profesionales que ejerzan el rol de Operadores en Psicología Social:
a) Diagnosticar o realizar tratamientos de cualquier tipo de patología, fisica o psíquica. Prescribir, administrar o sugerir medicamentos.
b) Participar honorarios entre Operadores en Psicología Social o con cualquier otro profesional, sin perjuicio del derecho a presentar honorarios en conjunto por el trabajo realizado en equipo.
c) Anunciar, hacer anunciar o avalar actividad profesional como Operador en Psicología Social publicando falsos éxitos profesionales, estadísticas ficticias, datos inexactos, prometer falsos resultados en la intervención o cualquier otro engaño.
ARTICULO 10. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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